Procesomonitorio con factura proforma. El proceso monitorio, que un procedimiento más rápido para la reclamación de deudas dinerarias, lo encontramos regulado en los artículos 812 a 818 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Art. 812 Casos en los que procede el juicio monitorio: “1. Podrá acudir al proceso monitorio quien pretenda de otro
Reclamarjudicialmente una factura impagada se hace más sencillo a través de este proceso monitorio que aparece regulado en los artículos 812 a 818 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Este procedimiento se presenta o debería ser breve, rápido y sencillo y salvaguarda en todo momento a la persona que reclama la deuda para que su factura. 288 417 269 119 34 43 148 108